TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL COMPRADOR DEL PROGRAMA TRANSPORTE IAA

Estos términos y condiciones de envío (los "Términos") se aplican a todos los compradores de IAA (el "Comprador") que utilizan los servicios de envío, exportación y facilitación del programa Transporte IAA (el "Acuerdo"). Estos Términos entran en vigencia en la fecha en que el Comprador compre los servicios y están sujetos a cambios sin previo aviso. Estos Términos se aplican a todas las órdenes de compra emitidas por el Comprador y a todas las Cotizaciones, Acuses de recibo de pedidos y Facturas emitidas por Insurance Auto Auctions, Inc. o sus subsidiarias, filiales o entidades relacionadas ("IAA"). Estos Términos, junto con las Reglas de subasta de IAA, sustituyen y reemplazan todos los términos y condiciones anteriores publicados por IAA con respecto al programa Transporte IAA. Estos Términos serán obligatorios para todos los Compradores, expedidores, consignatarios y terceros a quienes IAA preste servicios de Transporte IAA. Las Reglas de subasta de IAA se incorporan a estos Términos por referencia; en caso de conflicto entre los mismos, prevalecerán las Reglas de subasta de IAA.

1. PROPIEDAD LEGAL. El Comprador ha ganado la subasta del(los) vehículo(s) que se transporta(n), ha pagado por el(los) vehículo(s) con los fondos disponibles y tiene la autoridad para celebrar este Acuerdo o ha sido debidamente autorizado por el propietario legal del(los) vehículo(s) para celebrar este Acuerdo. Si el Comprador es un una persona física, declara que tiene más de dieciocho (18) años y que puede celebrar este Acuerdo legalmente.

2. PROVISIONES GENERALES.
A. Estos Términos constituirán un contrato vinculante para todos los Compradores, expedidores y consignatarios a quienes IAA preste Servicios. Estos Términos reemplazan y anulan cualquier contrato oral, promesa, representación o entendimiento reclamado, alegado o afirmado entre las partes con respecto a los Servicios que IAA prestará.
B. Estos Términos se aplicarán a todos los Servicios proporcionados por IAA, excepto en la medida en que sea contrario a la ley, regla o regulación federal o estatal aplicable, o excepto en la medida en que IAA acuerde específicamente lo contrario, por escrito.
C. Si existe algún conflicto o inconsistencia entre estos Términos y nuestro recibo del conocimiento de embarque de los servicios de flete (el "Conocimiento de embarque") emitido en relación con los servicios proporcionados por IAA, los Términos contenidos en este documento prevalecerán y regirán.
D. Ningún empleado o agente de IAA está autorizado a cambiar, modificar o renunciar a cualquiera de estos Términos sin el consentimiento por escrito de un ejecutivo autorizado de IAA.
E. Estos Términos están sujetos a modificación por parte de IAA sin previo aviso. Su uso posterior de los servicios de IAA tras la publicación de los Términos modificados en nuestro sitio web constituirá la aceptación de los Términos y condiciones de envío modificados. El Comprador comprende y acepta que IAA no es el transportista y que el vehículo propiedad del Comprador será transportado por el transportista (el "Transportista") de conformidad con un acuerdo de Transportista independiente entre IAA y el Transportista.

3. PRECIOS. Los precios incluyen todos los impuestos y recargos por el servicio, a menos que se indique de otro modo. A menos que el Comprador proporcione un certificado de exención de impuestos válido y efectivo o evidencia satisfactoria de este, todos los impuestos federales, estatales y locales (que no sean los basados en los ingresos netos de IAA) establecidos sobre el transporte son responsabilidad del Comprador. Cualquier modificación en la dirección de entrega puede dar lugar a la correspondiente modificación del precio, que deberá pagar el Comprador. Todas las entregas internacionales están sujetas a derechos de aduana e IVA (facturados por separado). Es posible que se apliquen tarifas nacionales e internacionales adicionales en determinadas circunstancias, como cuando el Comprador utiliza Transporte IAA para un vehículo no estándar, grande o modificado.

4. PAGO. El Comprador deberá pagar todos los envíos a través de buques transoceánicos (de puerto a puerto) y a través del servicio de flete todo incluido (que cubre tanto el envío terrestre hacia y desde el sitio de agregación de IAA como el envío transoceánico a través de buques transoceánicos) ["Tarifas de transporte"] por adelantado, dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la factura. Si el tercero no realiza el pago o se rehúsa a hacerlo por cualquier motivo, la responsabilidad del pago recaerá en el Comprador o el consignatario, quienes serán conjunta y solidariamente responsables del pago y el pago vencerá a más tardar cinco (5) días después de la solicitud de IAA. Cualquier pago atrasado estará sujeto a un recargo por pago atrasado de $50 por vehículo o el 2 % del precio de venta del vehículo. El transporte no se gestionará sino hasta que el Comprador haya pagado todas las tarifas adeudadas sobre el vehículo comprado, así como las Tarifas de transporte, a IAA, y hasta que IAA tenga el título de propiedad transferible del vendedor. El Comprador reembolsará a IAA los costos razonables de cobro de cualquier pago atrasado, incluyendo, entre otros, todos los honorarios y gastos legales, incluido el almacenamiento.

5. PLANIFICACIÓN. Dado que no se puede garantizar, expresa o implícitamente, la fecha de recolección o entrega, todas las fechas de entrega son estimaciones. Cuando el pedido del Comprador se envíe al Transportista, IAA podrá actualizar la fecha de entrega estimada al Comprador. Sin embargo, aún así el Transportista podría llegar antes o después de lo esperado y el Comprador renuncia a todos y cada uno de los reclamos contra IAA por descuentos o daños, incluidos los daños incidentales, indirectos o consecuentes y los reclamos por lucro cesante, incluso si se informa a IAA de la posibilidad por tales daños, debido a una entrega tardía. Pueden ocurrir demoras debido a los horarios del Transportista, fallas mecánicas, clima o condiciones de la carretera adversas, enfermedad del conductor, oferta y demanda de camiones o circunstancias imprevistas. IAA no reembolsa ningún gasto realizado por cuenta propia como, solo a modo de ejemplo, alquiler de automóviles o pasajes aéreos, debido a demoras, daños o accidentes.

6. ENTREGA. El Comprador aceptará todos los vehículos en las condiciones entregadas por el Transportista. El Comprador es responsable de descargar el vehículo del transporte del Transportista. IAA y el Transportista se basarán en la información de entrega proporcionada por el Comprador en el momento del pedido. El Transportista intentará notificar al Comprador de la entrega aproximadamente de 12 a 24 horas antes de la entrega real. Si el Comprador no está disponible en el momento de la entrega, o cuando el Transportista se pone en contacto con el Comprador, el vehículo se entregará en una terminal a discreción de IAA o del Transportista. Al Comprador se le cobrará un cargo adicional por almacenamiento y reenvío. En caso de que la información de entrega cambie antes de la entrega o sea inexacta, el Comprador debe notificar a IAA al menos 2 horas antes de la entrega estimada. IAA se reserva el derecho de rechazar el servicio, si se modifica en cualquier momento. En caso de que esta información no se transmita a IAA y el Transportista intente realizar una entrega, el Comprador es responsable de pagar cualquier tarifa o costo por viaje infructuoso, cambio de ruta o nueva entrega y los costos incurridos en caso de que el Comprador rechace la entrega del vehículo.

7. RUTA. El Transportista designará la ruta del(los) vehículo(s) del Comprador desde el origen hasta el destino y no acuerda ninguna ruta específica.

8. DE PUERTA A PUERTA. En general, una "entrega de puerta a puerta" significa que el Transportista se acercará lo más posible al lugar de entrega deseado. Sin embargo, el Comprador comprende y acepta que las leyes, normas y los reglamentos de tránsito locales, así como la seguridad, son la prioridad. Las restricciones de peso, los árboles que sobresalen, el tránsito, las colinas empinadas, los callejones sin salida, los topes para reducir la velocidad o la maniobrabilidad del transportista pueden impedir la entrega de puerta a puerta real y, si no es posible realizar la entrega de puerta a puerta, entonces el Comprador será responsable de la entrega final.

9. INFORMACIÓN DE CONTACTO DEL COMPRADOR. IAA y el Transportista se basarán en la información de contacto proporcionada por el Comprador en el momento del pedido. El Comprador debe designar a una persona para que actúe como su agente en el punto de entrega si por alguna razón el Comprador no está disponible. IAA no será responsable de los cargos de remolque, cargos de depósito o cargos de nueva entrega en los que se incurra debido a la incapacidad del Comprador para proporcionar contactos alternativos. Siempre que IAA no tenga conocimiento real de lo contrario con respecto a la autoridad de cualquier persona que pretenda ser agente o empleado del Comprador, IAA podrá confiar y actuar sobre cualquier supuesta firma, correo electrónico, mensaje de texto, fax, telefónico u otra comunicación oral de cualquier persona que pretenda ser agente o empleado del Comprador, con respecto a: (a) publicar información sobre cargas de vehículos o de cualquier otro modo actuar como agente en representación del Comprador, en relación con este Acuerdo; o (b) de otro cualquier modo en relación con la prestación de servicios de corretaje de transporte o este Acuerdo. IAA podrá realizar negocios con el Comprador a través del uso no exclusivo de medios electrónicos, informáticos, digitales u otros medios sin papel, incluida la confianza de buena fe en el correo electrónico, texto, teléfono u otras formas habituales y regulares de comunicación.

10. POLÍTICA DE CANCELACIÓN. Los pedidos sólo podrán cancelarse por correo electrónico enviado por un representante autorizado del comprador a IAATransport@iaai.com y según lo establecido en este párrafo. El Comprador acepta pagar a IAA una tarifa por viaje infructuoso equivalente a 1) $150.00 si la distancia de transporte es de 0 a 1000 millas o 2) $250.00 si la distancia de transporte es de más de 1000 millas, si el Comprador cancela un pedido de transporte o redirige el pedido a una ubicación diferente después de las 11:59:59 p. m., hora estándar del este, dos días naturales antes de la recolección en una instalación de IAA. Por ejemplo, si la fecha de recolección programada es el 10 de julio, la cancelación debe ocurrir antes de las 11:59.59 p. m., hora estándar del este, del 8 de julio para evitar la tarifa por viaje infructuoso. Si el Comprador necesita modificar o cancelar el transporte después de la recolección en una instalación de IAA, el Comprador debe pagar la tarifa de transporte actual más la tarifa de la nueva cotización de transporte y cualquier costo de transporte adicional.

11. TÉRMINO. IAA se reserva el derecho de rescindir este Acuerdo en cualquier momento sin causa o incumplimiento. En caso de dicha rescisión, IAA cumplirá con los pedidos aceptados, pero no aceptará ningún pedido adicional y todas las obligaciones que aún estén pendientes de ejecución por cualquiera de las partes quedarán liberadas, e IAA no será responsable ante el Comprador por ninguna pérdida de ganancias anticipadas, daños incidentales o consecuentes, sin embargo, IAA conservará todo derecho o recurso basado en un incumplimiento del Comprador.

12. RESPONSABILIDADES NO ASUMIDAS..
A. Salvo que la ley prohíba lo contrario, IAA no será responsable ante el Comprador ni ante ninguna otra persona por ningún error en la entrega, pérdida de la recogida, falta de entrega, demora, daño o pérdida de cualquier naturaleza que surja de o en relación con el envío u otros servicios realizados por nosotros, a menos que se demuestre que dicho daño ha sido causado por nuestra negligencia y no ha habido negligencia concurrente por parte del Comprador, consignatario u otro reclamante. Bajo ninguna circunstancia se considerará negligencia de nuestra parte la selección de IAA de una empresa en particular para proporcionar el envío de carga a bordo de un buque de alta mar, siempre que la selección fuera comercialmente razonable. IAA no garantiza la entrega en una fecha u hora específica y no será responsable de daños especiales o consecuentes debido a demoras, entrega incorrecta o falta de entrega.
B. Sin limitar la generalidad de la Subsección (A), IAA no será responsable de ninguna pérdida, daño, entrega errónea, falta de entrega u otro resultado, incluidos, entre otros, los siguientes:
a. Cualquier daño o pérdida de propiedad personal almacenada por el Comprador dentro de un vehículo u otros contenidos de los vehículos.
b. Cualquier daño o pérdida de la carga causado por óxido, moho, hongos o alimañas.
c. Cualquier daño en el chasis o en el interior de cualquier vehículo, o convertidor catalítico o componentes interiores faltantes o dañados, incluidos los sistemas electrónicos e informáticos.
d. Cualquier daño o pérdida que resulte del acto, incumplimiento u omisión del Comprador, el consignatario o cualquier otra parte que reclame un interés en el envío, lo que incluye, entre otros, declaración incorrecta de la carga, embalaje, seguridad, marcado o direccionamiento inadecuados o insuficientes de su envío, o que resulten de los actos u omisiones del destinatario.
e. Cualquier daño o pérdida que resulte del incumplimiento por parte del Comprador o consignatario de cualquiera de las disposiciones establecidas en estos Términos.
f. Cualquier daño o pérdida que resulte de desastres naturales, condiciones climáticas, fallas mecánicas de las embarcaciones u otras fallas del equipo, actos u omisiones de autoridades públicas (incluidos los funcionarios de aduanas) que actúan con autoridad real o aparente, cuarentenas, guerras, disturbios, huelgas o conmociones civiles.
g. Cualquier daño o pérdida resultante de actos u omisiones de cualquier persona que no sea IAA.
h. Cualquier daño o pérdida resultante del cumplimiento de las instrucciones de entrega del Comprador o consignatario.
i. Cualquier daño o pérdida que resulte del borrado de datos o la pérdida o irrecuperabilidad de los datos almacenados en cintas magnéticas, archivos u otros medios de almacenamiento, o el borrado o daño de imágenes fotográficas o bandas sonoras de películas expuestas, en la medida en que se incluyan en cualquier carga.
j. Cualquier daño o pérdida que resulte del robo de cualquier información personal o financiera, incluidos, entre otros, números de seguro social, fechas de nacimiento, números de licencia de conducir, números de tarjetas de crédito e información de cuentas financieras.
k. Cualquier daño o pérdida resultante de los envíos entregados a la persona o empresa identificada en las instrucciones de envío proporcionadas por el Comprador si IAA tiene motivos razonables para creer que la persona o empresa a quien se entrega el envío es de hecho la persona o empresa identificada en las instrucciones de envío o que dicha persona o empresa haya sido autorizada por el Comprador para aceptar la liberación. Sin limitar la generalidad de lo anterior, IAA no será responsable de liberar envíos a una persona o empresa si IAA actuó razonablemente según las circunstancias.
C. Nuestra responsabilidad en ningún caso excederá la establecida en la sección 16 (Limitaciones de responsabilidad).

13. RESPONSABILIDAD POR CARGOS E INDEMNIZACIÓN.
A. El Comprador y el consignatario serán responsables, conjunta y solidariamente, de todos los cargos impagos pagaderos a causa de un envío, incluidas, entre otras, las sumas anticipadas o desembolsadas por nosotros a causa de dicho envío.
B. El Comprador y el consignatario serán responsables, conjunta y solidariamente, de pagar o indemnizarnos y eximirnos de toda responsabilidad frente a todos los reclamos, multas, sanciones, daños, costos u otras sumas en las que podamos incurrir, sufrir o desembolsar por cualquier violación de cualquiera de las disposiciones contenidas en este documento, o cualquier otro incumplimiento del Comprador o cualquier otra parte con respecto a un envío, o como resultado de cualquier acto u omisión negligente del Comprador o consignatario.

14. DERECHO DE RETENCIÓN SOBRE ENVÍOS. IAA tendrá un derecho de retención sobre el envío por todas las sumas adeudadas y pagaderas a nosotros, incluidos los cargos vencidos. En caso de falta de pago de cualquier suma pagadera a nosotros, IAA puede retener el envío y la carga estará sujeta a almacenamiento o disposición en venta pública o privada, con notificación al Comprador o consignatario, e IAA tendrá el derecho a recuperar del producto de dicha venta todas las sumas adeudadas y pagaderas a nosotros, incluidos los cargos por almacenamiento, estadía y detención. El Comprador o el consignatario seguirán siendo responsables del saldo de cualquier cargo impago pagadero a causa del envío. El almacenamiento y las tarifas relacionadas impuestas a los vehículos u otra carga almacenada en cualquier lugar estarán en mora si no se pagan durante más de treinta (30) días, y la carga está sujeta a ser vendida en una venta con derecho de retención de conformidad con la ley local aplicable (incluidas las ventas en cualquier país extranjero al que se haya enviado el vehículo u otra carga). Además, si la carga se envía a cualquier destino nacional o internacional y no se recibe el pago por los servicios de IAA a su vencimiento, entonces, a su elección, IAA puede enviar la carga de regreso a su almacén más cercano y puede vender el vehículo en una venta con derecho de retención de acuerdo con la ley estatal aplicable. En tal caso, IAA tendrá derecho a recuperar la totalidad de los gastos de envío (incluido el envío de devolución), almacenamiento, sobrestadía, detención, inspecciones, derechos, impuestos, tasas administrativas y todos los demás costes (incluidos los honorarios razonables de abogados y las costas judiciales) y gastos de bolsillo incurridos por IAA.

15. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD.
A. Envíos Terrestres. Nuestra responsabilidad por reclamos por pérdidas o daños para envíos terrestres será el menor de: (i) su valor declarado del envío, (ii) el valor justo de mercado real de su envío o (iii) quinientos ($500) dólares estadounidenses.
B. Envíos Marítimos. Si la totalidad o una parte del envío presentado a IAA se transporta en un buque de alta mar hasta su destino, dicho envío se realizará sujeto a los términos, disposiciones y limitaciones de responsabilidad especificados por la ley de Transporte de Mercancías por Mar y cualquier otra ley pertinente aplicable a los transportistas marítimos. El Comprador o el agente del Comprador autoriza a IAA, en nombre y representación del Comprador, a preparar cualquier documento de exportación, firmar y aceptar cualquier documento relacionado con dicho envío y reenviar este envío de acuerdo con las condiciones de transporte y las tarifas de los transportistas marítimos empleados. La única responsabilidad de IAA en virtud del presente es tener un cuidado razonable en la selección de transportistas, despachantes, agentes y otros a quienes pueda confiar el envío. En cualquier caso, bajo ninguna circunstancia nuestra responsabilidad por reclamos por pérdidas o daños por envíos marítimos excederá el menor de: (i) su valor declarado del envío, (ii) el valor justo real de mercado de su envío, o (iii) quinientos ($500) dólares estadounidenses.
C. Seguro. El comprador deberá obtener un seguro para la carga.
D. Se prohíbe el exceso del valor declarado. Cualquier valor declarado que exceda el máximo permitido en virtud del presente es nulo y sin efecto y nuestra aceptación para el transporte de cualquier envío con un valor declarado en exceso del máximo permitido en virtud del presente no constituye una renuncia a las disposiciones sobre el valor máximo declarado.
E. Pérdida de valor; daños especiales. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia seremos responsables de ningún daño especial, incidental o consecuente, incluidos, entre otros, la pérdida de valor, la pérdida de ganancias o ingresos, ya sea que IAA haya notificado o no tenga conocimiento de que se podrían producir dichos daños. Sin limitar lo anterior, la limitación de responsabilidad en esta sección excluirá cualquier reclamo o recurso contra IAA basado en una supuesta pérdida de valor inherente a un vehículo (como un automóvil antiguo o de colección en su estado original, por ejemplo) debido a cualquier reparación que pueda ser necesario como resultado de daños al vehículo incurridos durante el envío.

16. AVISO Y DISPOSICIÓN DE BIENES.
A. Cuando los envíos lleguen a su destino, IAA notificará de inmediato al consignatario o a su agente o corredor designado si IAA no realiza la entrega al consignatario.
B. Si un envío no es reclamado o la entrega no puede efectuarse, IAA notificará al Comprador y al consignatario por teléfono, correo electrónico o correo postal (a las direcciones que aparezcan en el Conocimiento de embarque). Previa instrucción por escrito del Comprador, IAA devolverá el envío al Comprador, lo reenviará o reexpedirá, o dispondrá de él de otro modo, todo ello por cuenta del Comprador. Si no se reciben dichas instrucciones dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación de IAA al Comprador y al consignatario sobre la llegada de la carga al punto de destino, IAA dispondrá del envío en una venta pública o privada, de conformidad con la ley aplicable.
C. Los envíos de importación no autorizados retenidos en depósitos gubernamentales se recuperarán solo cuando se hayan pagado todos los costos por adelantado.

17. PRUEBA DE ENVÍO.
A. Cuando lo solicite el Comprador o el consignatario, IAA proporcionará una copia de nuestro Conocimiento de embarque u otro documento de envío firmado por el consignatario o su agente como prueba de entrega (si está disponible).
B. ALMACENAMIENTO Y CARGOS.
a. Si el Comprador selecciona el destino del vehículo, el Comprador será el único responsable de determinar si esa instalación o puerto aceptará el vehículo dada su condición de daño o pérdida total y si de cualquier otro modo tiene capacidad para el envío del Comprador. El Comprador renuncia a cualquier reclamación contra IAA en caso de que alguna instalación o puerto se rehúse a aceptar un vehículo por cualquier motivo.
b. El Comprador es responsable de todos los gastos de almacenamiento aplicables en los depósitos de clasificación, lotes de almacenamiento, puertos o cualquier otro punto de destino que no pertenezca a IAA.
c. Los envíos rechazados en un puerto o dirección de entrega proporcionados se retendrán sin cargo durante tres (3) días naturales (excluyendo fines de semana y días festivos federales) en una sucursal local de IAA y el Comprador será el único responsable de gestionar el nuevo transporte a una nueva ubicación. Transcurridos tres (3) días naturales, IAA tendrá derecho a imponer gastos de almacenamiento a la tarifa local vigente.
d. El riesgo de pérdida pertenece al Comprador en todo momento, incluso si un envío se devuelve a una instalación de IAA.

18. EL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.
A. Excepto que se disponga o acuerde lo contrario, todos los envíos terrestres realizados por IAA estarán sujetos al Conocimiento de embarque actual de IAA y los términos y condiciones que aparecen en el reverso del mismo. Para todos los envíos terrestres en los que el conocimiento de embarque emitido por el Comprador no sea nuestro Conocimiento de embarque requerido en este documento, la firma del conductor de dicho transportista será el único reconocimiento de entrega. Tales conocimientos de embarque no autorizados no son un contrato de transporte e IAA no estará sujeto a sus términos y condiciones. El uso continuado de conocimientos de embarque no autorizados por parte del Comprador no constituirá, y no constituye, una aceptación o ratificación implícita por parte de IAA.
B. Excepto que IAA disponga o acuerde lo contrario, todos los servicios de transporte marítimo realizados por IAA estarán sujetos al conocimiento de embarque actual de IAA y los términos y condiciones que aparecen en el reverso del mismo. Para todos los envíos marítimos en los que el conocimiento de embarque emitido por el Comprador no sea nuestro conocimiento de embarque requerido en este documento, la firma de dicho transportista será el único reconocimiento de entrega. Tales conocimientos de embarque no autorizados no son un contrato de transporte e IAA no estará sujeto a sus términos y condiciones. El uso continuado de conocimientos de embarque no autorizados por parte del Comprador no constituirá, y no constituye, una aceptación o ratificación implícita por parte de IAA.
C. Si se solicita, IAA proporcionará al Comprador una copia de nuestro Conocimiento de embarque u otro documento de envío no negociable en el que se nos entregó el envío.
D. Las dimensiones del envío deben ser ingresadas en el Conocimiento de embarque por el Comprador. Si se omite o se ingresa incorrectamente, IAA se reserva el derecho de medir el envío y aplicar los recargos correspondientes por envíos de gran tamaño.

19. ENVÍOS MARÍTIMOS. Por medio del presente, el Comprador o su agente autorizado, autorizan a IAA, en nombre y representación del Comprador, a preparar cualquier documento de exportación, a firmar y aceptar cualquier documento relacionado con dicho envío y a reenviar este embarque de acuerdo con el conocimiento de embarque, las condiciones de transporte y los aranceles de los transportistas empleados. El Comprador garantiza el pago de todos los cargos por cobrar en caso de que el consignatario se rehúse a pagar. La única responsabilidad de IAA en virtud del presente es tener cuidado razonable en la selección de transportistas, expedidores, agentes y otros a quienes pueda confiar el envío.

20. DESPACHO DE ADUANA. Al realizar este envío con IAA, usted nombra a IAA y a nuestro agente de aduanas como su agente únicamente para realizar el despacho de aduanas y certifica al agente de aduanas como consignatario nominal con el propósito de designar a un agente de aduanas para realizar el despacho de aduanas (a menos que especifique un agente de aduanas en el anverso de este Conocimiento de embarque en la casilla provista) (donde esté disponible). En algunos casos, las autoridades locales pueden requerir documentación adicional que confirme nuestra reunión. Es su responsabilidad proporcionar la documentación adecuada y la confirmación cuando sea necesario. Usted es responsable y garantiza su cumplimiento de todas las leyes, normas y reglamentos aplicables, incluidas, entre otras, las leyes aduaneras; leyes de importación, exportación y reexportación; y las regulaciones gubernamentales de cualquier país hacia, desde, a través o sobre el cual se pueda transportar su envío. Usted acepta proporcionar dicha información y completar y adjuntar al conocimiento de embarque los documentos necesarios para cumplir con dichas leyes, normas y reglamentos. IAA no asume ninguna responsabilidad ante usted o cualquier otra persona por cualquier pérdida o gasto debido a su incumplimiento de esta disposición. Usted también es responsable de todos los cargos, incluidos los cargos de transporte y todos los aranceles, gravámenes aduaneros, sanciones y multas gubernamentales, impuestos y nuestros honorarios y costos legales, relacionados con este envío.

21. CONTROL DE EXPORTACIÓN. Usted autoriza a IAA a actuar como agente de expedición para usted con fines de control de exportaciones y aduanas. Por la presente, certifica que todas las declaraciones e información contenidas en el conocimiento de embarque y los documentos adjuntos relacionados con la exportación son verdaderas y correctas. Además, comprende que se pueden imponer sanciones civiles y penales, incluidas la confiscación y la venta, por hacer declaraciones falsas o fraudulentas; por violación de cualquier ley de los Estados Unidos sobre exportación, incluidas, entre otras,13 USC Sec. 305, 22 USC Sec. 401, 18 USC Sec. 1001 y 50 USC App, 2410; o la violación de las leyes de exportación de otros países.

22. DAÑOS DURANTE EL TRANSPORTE. Cualquier daño durante la carga, descarga o el transporte del vehículo es responsabilidad exclusiva del Transportista. Todos los reclamos por daños en tránsito deben seguir la Asistencia de IAA para la resolución de daños que se incluye en este documento. El Comprador debe firmar un Conocimiento de embarque del transportista, y cualquier reclamación por daños que surja del transporte o envío debe anotarse claramente en el Conocimiento de embarque del transportista. Firmar el Conocimiento de embarque en el momento de la entrega sin notificación de daños es evidencia de la entrega satisfactoria del(los) vehículo(s).

23. ASISTENCIA DE IAA PARA LA RESOLUCIÓN DE DAÑOS. Si un vehículo llega en una condición diferente a la indicada por las fotos de venta de IAA o si hay daños a la propiedad en el lugar de entrega, IAA hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para ayudar al Comprador a resolver su reclamo contra el Transportista o IAA. El Comprador reconoce y acepta que el Transportista puede limitar su responsabilidad por pérdidas o daños.
A. Asignación de reclamos. Sujeto a las condiciones descritas en este documento, si un vehículo o bien inmueble u otra propiedad personal se daña durante el transporte, IAA puede, a su criterio, pagar cualquier reclamo válido por el cual determine que el Transportista es responsable, en cuyo caso se considerará que el Comprador asigna automáticamente a IAA su reclamo por daños (el "Reclamo") contra el Transportista. IAA puede, a su absoluto criterio, negarse a pagar voluntariamente cualquier reclamo de este tipo, incluida cualquier situación en la que:
a. el Comprador no cumple con el procedimiento de reclamo de daños descrito en este documento;
b. IAA ha determinado, a su absoluta discreción, que el Reclamo del Comprador es infundada; o
c. el Comprador no pagó las Tarifas de transporte antes de la fecha de vencimiento.
B. Monto del pago. Si IAA acepta pagar el Reclamo del Comprador, IAA pagará al Comprador la cantidad menor entre:
a. el costo estimado de la reparación del daño adicional, que el Comprador puede demostrar a satisfacción única y razonable de IAA que no existía antes del envío; o
b. el valor del vehículo, medido como el precio de compra de IAA más los honorarios del comprador.
c. Procedimiento de reclamos. Para iniciar un Reclamo, el Comprador debe cumplir con todos los siguientes procedimientos:
i. Aceptar Entrega. El Comprador o el consignatario en el destino de entrega (el "Lugar de entrega") debe aceptar la entrega de la carga del vehículo por parte del Transportista en el momento en que el Transportista entrega la carga del vehículo en el Lugar de entrega ("Hora de entrega").
ii. Anote los daños en el recibo de entrega a la hora de la entrega. En el momento de la entrega, el Comprador (o el agente del Comprador en el lugar de la entrega) deberá realizar una cuidadosa inspección visual de cada vehículo. Antes de firmar la documentación de entrega (por ejemplo, conocimiento de embarque, recibo de entrega, informe de estado, etc.) presentada por el Transportista, el Comprador deberá anotar cualquier daño exterior adicional (incluidos vidrios) o equipo faltante.
iii. Notifique a IAA sobre el Reclamo por daños al vehículo. Dentro de las 48 horas posteriores a la Hora de entrega, el Comprador deberá notificar a IAA de su Reclamo por correo electrónico a IAATransport@IAAI.com.
iv. Documentos requeridos. Dentro de los tres días hábiles posteriores a la Hora de entrega, el Comprador deberá enviar por correo electrónico los siguientes documentos a IAA para respaldar el Reclamo:
1. Descripción detallada del daño adicional reclamado;
2. Conocimiento de embarque en el que el Comprador o el agente del Comprador o el consignatario anotaron los daños del vehículo;
3. Dos (2) presupuestos independientes generados por computadora (no escritos a mano) para la reparación del vehículo por parte del proveedor de servicios (por ejemplo, taller de carrocería o departamento de servicio mecánico), que el Comprador obtendrá por cuenta y cargo propios; y
4. fotografías de los daños.
v. Si el Comprador no cumple con las obligaciones establecidas en esta subsección (c), IAA no tendrá la obligación de ayudar en la presentación de ningún reclamo ante el Transportista.
d. En ningún caso, el Transportista será responsable de, y en ningún caso se hará una reclamación con respecto a: (1) daños que no sean claramente visibles tras una inspección razonable del vehículo; o (2) cualquier daño anotado en cualquier Informe de entrega en el momento de la recolección.

24. TÉRMINOS ADICIONALES:
A.Indemnización. En la máxima medida permitida por la ley, el Comprador indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad a IAA, su matriz, subsidiarias y filiales, y a sus consejeros, ejecutivos, socios, accionistas, asociados, empleados y agentes de todos los reclamos, pérdidas, gastos, multas, penalizaciones, daños, demandas, juicios, acciones, causas de acción y responsabilidades reclamadas por un tercero por a) incumplimiento material de este Acuerdo por parte del Comprador, o b) lesiones personales, muerte o daños a propiedades tangibles causados por el Comprador o en los que se incurra durante el proceso de Transporte IAA.

B. Avisos. Cada una de las partes acuerda proporcionar de inmediato un aviso por escrito de cualquier sospecha de incumplimiento de este Acuerdo, los detalles de cualquier reclamo de incumplimiento y brindarle a la otra parte una oportunidad razonable para investigar y solucionar cualquier problema subsanable. Para iniciar una acción contra IAA, el Comprador debe notificar a IAA sobre cualquier reclamo dentro de los seis (6) meses posteriores a la fecha en que surja el reclamo y dicho reclamo debe estar de acuerdo con este Acuerdo. El Comprador no podrá reclamar el incumplimiento del presente Contrato a menos que y hasta que todas las cantidades no impugnadas hayan sido pagadas a IAA. Todas las notificaciones se considerarán recibidas un (1) día hábil después de su depósito en un servicio de mensajería de entrega inmediata reconocido a nivel nacional; cinco (5) días después de su depósito en el Servicio Postal de los Estados Unidos; o el día en que se transmitan por correo electrónico, si se envían dentro del horario laboral normal. Cualquiera de las partes puede actualizar su dirección para recibir notificaciones enviando un aviso por escrito de dicho cambio a la otra parte.
a. Si se va a dar un aviso a IAA, se dará como se establece a continuación:
Transporte IAA
Insurance Auto Auctions, Inc.
Two Westbrook Corporate Center, Ste. 1000
Westchester, IL 60154

b. Aviso al Comprador: en la dirección establecida en el pedido correspondiente.

C. Confidencialidad.
a. Definición. A los efectos de este Acuerdo, "información confidencial" significa cualquier información técnica o comercial divulgada por una parte a la otra parte que: (i) si se divulga por escrito, se marca como "confidencial" o "de propiedad exclusiva" en el momento de dicha divulgación; (ii) si se divulga oralmente, se identifica como "confidencial" o "de propiedad exclusiva" en el momento de dicha divulgación, y se resume en un escrito enviado por la parte divulgadora a la parte receptora dentro de los treinta (30) días posteriores a dicha divulgación; o (iii) bajo las circunstancias de la divulgación, una persona que ejerza un juicio comercial razonable podría entender que es confidencial o de propiedad exclusiva. El sistema de transporte de IAA es la información confidencial de IAA.
b. Exclusiones. La información confidencial no incluirá información que: (i) sea ahora o en el futuro de conocimiento general o esté disponible para el público, sin incumplimiento de este Acuerdo por parte de la parte receptora; (ii) fuera conocida por la parte receptora antes de recibir dicha información de la parte reveladora y sin restricción en cuanto al uso o divulgación; (iii) es adquirida legítimamente por la parte receptora de un tercero que tiene derecho a divulgarla y que la proporciona sin restricciones en cuanto a su uso o divulgación; (iv) sea desarrollado de forma independiente por la parte receptora sin acceso a ninguna información confidencial de la parte reveladora; o (v) se divulgue con el consentimiento previo por escrito de la parte divulgadora.
c. Restricciones de uso y divulgación. Cada parte acuerda mantener la privacidad de la información confidencial de la otra parte utilizando al menos el mismo grado de atención para proteger dicha información confidencial que utiliza para su propia información de importancia similar, pero en todos los casos al menos con un grado razonable de atención. Cada parte acuerda no usar la información confidencial de la otra parte para ningún propósito excepto cuando sea necesario para la ejecución de este Acuerdo. Cada parte acuerda no divulgar la información confidencial de la otra parte a ninguna persona, excepto a sus agentes, empleados, representantes y consultores que tengan una necesidad de buena fe de conocer dicha información confidencial para la ejecución de este Acuerdo. Sin limitar lo anterior, IAA y sus afiliados tienen derecho a utilizar datos agregados y estadísticos ("Datos estadísticos") derivados del uso del sistema de transporte de IAA por parte del Comprador, y nada de lo aquí contenido se interpretará como una prohibición de que IAA utilice los Datos estadísticos para fines lícitos comerciales u operativos. Los derechos y obligaciones establecidos en esta sección (Confidencialidad) sobrevivirán a la terminación o vencimiento del Acuerdo.
d. El Comprador reconoce que el Transportista puede instalar un dispositivo de seguimiento de vehículos en el puerto OB2 estándar del vehículo para rastrear el estado y la ubicación del vehículo mientras esté en poder del Transportista. Por medio del presente, el Comprador renuncia a cualquier reclamo contra IAA o el Transportista que surja de la recopilación y el uso de dichos datos y además acepta que IAA es el propietario único y exclusivo de dichos datos.

D. Exención. El hecho de que cualquiera de las partes del presente, en cualquiera o más de una instancia, no insista en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de este Acuerdo o no ejerza ningún derecho o privilegio en este documento, o la renuncia por cualquiera de las partes de cualquier incumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de este Acuerdo, no se interpretará como una renuncia posterior a dichos términos y condiciones, derechos o privilegios, pero los mismos continuarán y permanecerán en pleno vigor y efecto como si no se hubieran producido tales indulgencias o renuncias.

E. Supervivencia. La rescisión de este Acuerdo no afectará las obligaciones de cualquiera de las partes hacia la otra que surjan de los términos y condiciones de este Acuerdo, los derechos que surjan de este Acuerdo o las causas de acción que se hayan acumulado antes de la fecha de rescisión.

F. Legislación aplicable. Se aplicará la legislación del Estado de Illinois a cualquier litigio derivado del presente Contrato, sin perjuicio de las normas de elección de legislación de cualquier Estado que dispongan lo contrario.

G. Resolución de disputas.
a. Condiciónes previas para los Reclamos. El Comprador no iniciará procedimientos legales contra IAA sin antes completar el proceso de resolución de disputas que se establece a continuación. El Comprador acepta que no completar este proceso de resolución de disputas es motivo para desestimar sin perjuicio cualquier procedimiento legal.
b. Proceso de resolución de disputas. Si el Comprador tiene una disputa en relación con este Acuerdo, primero deberá seguir el procedimiento de Asistencia de IAA para la resolución de daños que se incluye en este documento. Si el Comprador no está satisfecho con la decisión de IAA, puede proceder con el arbitraje según los términos establecidos en este documento.
c. Sometimiento a arbitraje. Cualquier reclamo o disputa que surja de o esté relacionado con este Acuerdo se someterá y resolverá solo mediante arbitraje vinculante en lugar de litigio. Ambas partes acuerdan compartir por igual el costo total de llevar a cabo el arbitraje, incluidos los honorarios del Árbitro (como se define más adelante). La Ley Federal de Arbitraje se aplica al arbitraje bajo este Acuerdo. Las partes acuerdan que una parte presentará todos los reclamos solo en su capacidad individual, y no como demandante, representante de la clase o miembro de la clase en cualquier supuesta acción de clase o procedimiento representativo. Ninguna de las partes tendrá derecho a unir o consolidar múltiples reclamos o reclamos con cualquier otra persona o entidad en el arbitraje. El arbitraje se llevará a cabo únicamente en el condado de Cook, Illinois o en el condado en el que se encuentre la instalación de IAA involucrada en el reclamo. Salvo que se indique expresamente en el presente, el arbitraje se llevará a cabo de conformidad con las normas y procedimientos aplicables establecidos por la Asociación Americana de Arbitraje. Se designará un árbitro de conformidad con las reglas de arbitraje (el "Árbitro"). En caso de que una parte no se someta al arbitraje de conformidad con esta sección y finalmente se determine que el reclamo es arbitrable en virtud del presente, la parte que no se sometió será responsable de pagar los costos/gastos de la otra parte y los honorarios de abogados asociados con la ejecución esta sección. Cualquier resultado alcanzado por el Árbitro será definitivo y vinculante para todas las partes del arbitraje, y no se podrá apelar. Cualquiera de las partes de cualquier laudo dictado en dicho procedimiento de arbitraje puede solicitar un fallo sobre el laudo y ese fallo puede ser dictado al respecto por cualquier tribunal que tenga jurisdicción.

H. Relación de partes. Este Acuerdo no tiene la intención de crear ni se considerará o interpretará para crear ninguna relación entre las partes que no sea la de entidades independientes que contratan entre sí únicamente con el fin de hacer efectivas las disposiciones de este Acuerdo. El Comprador es un contratista independiente y no un empleado, agente o representante de IAA. Ni el Comprador ni ninguno de sus empleados, subcontratistas o agentes serán considerados empleados o agentes de IAA en virtud de los servicios u obligaciones previstos en este Acuerdo. Ni el Comprador ni ninguno de sus empleados, subcontratistas o agentes tendrán derecho a participar en ningún plan de beneficios para empleados de IAA o cualquiera de sus entidades afiliadas. El Comprador acepta defender, indemnizar y eximir de responsabilidad a IAA, tal como se establece en el presente, frente a todas y cada una de los reclamos presentados por cualquiera de los empleados, subcontratistas o agentes del Comprador que reclamen o exijan cualquier derecho contra IAA relacionado de alguna manera con una relación empleador/empleado o una relación principal/agente.

I. Separabilidad. La determinación por parte de un tribunal de jurisdicción competente o cualquier otra entidad con autoridad legal sobre estos Términos de que cualquier cláusula de este documento es inválida o inaplicable no afectará la validez o la aplicabilidad de cualquier otra cláusula de este Acuerdo. Además, la cláusula declarada inválida o inaplicable se reinterpretará de tal manera que tenga un efecto lo más cercano posible al efecto originalmente previsto por las partes de este Acuerdo, cumpliendo al mismo tiempo con las leyes.
J. Asignación. El Comprador no puede transferir ni ceder este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de IAA.

K. Fuerza mayor. IAA estará exenta de cualquier retraso en el cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo en la medida en que dicho retraso o incumplimiento sea causado por la ocurrencia de una contingencia más allá de su control razonable, contingencias que incluyen casos fortuitos, actos de enemigo, guerra, motín, corte de energía, disturbios públicos, sabotaje, demora en el transporte, escasez de materia prima, energía o maquinaria, interrupción causada por el gobierno o el poder judicial, incendio, falta de cooperación o asistencia por parte del Comprador, interrupción del trabajo, epidemia/pandemia, accidentes e inundaciones, o cualquier interrupción causada por un tercero que perjudique materialmente el desempeño de IAA en virtud del presente (un "Caso de fuerza mayor"). En tal caso, los tiempos de ejecución se extenderán por un período de tiempo para compensar la pérdida debida al Caso de fuerza mayor. En un supuesto Caso de fuerza mayor, una parte que busque la excusa del cumplimiento o la puntualidad del cumplimiento debe actuar con la debida diligencia para remediar la causa o mitigar dicha demora o incumplimiento.

L. Anticorrupcion. El Comprador cumplirá con la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE. UU. y otras leyes anticorrupción aplicables. El Comprador declara, garantiza y acuerda que él, sus funcionarios, agentes, empleados o afiliados no han realizado ni ofrecerán pagos, ni otorgarán ni ofrecerán ningún beneficio a ningún tercero, incluida cualquier persona/empresa empleada por o en nombre de cualquier cliente gubernamental, funcionario gubernamental, empleado, partido político, empleado de partido político o candidato político con la intención de influir en la conducta en cualquier asunto relacionado con el tema de este Acuerdo.

M. OFAC/personas prohibidas. Ni el Comprador ni ninguno de sus empleados, afiliados, corredores u otros agentes, contratistas o representantes que actúen en cualquier capacidad, directa o indirectamente, en relación con las transacciones contempladas en este Acuerdo están o estarán (a) empleando o realizando cualquier negocio o participando en cualquier transacción o trato con cualquier persona o entidad, o cualquier afiliado de dicha persona o entidad, que se determine que ha cometido, amenaza con cometer o apoya, actos terroristas o aquellas personas o entidades que aparecen en la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE. UU. ("OFAC") lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (cuya lista se puede acceder en la siguiente dirección web: http://www.ustreas.gov/offices/enforcement/ofac/) (colectivamente, "Personas prohibidas"), incluida la realización o recepción de cualquier contribución de fondos, bienes o servicios para el beneficio de cualquier Persona prohibida; (b) comerciar o participar de otra manera en cualquier transacción relacionada con cualquier propiedad o intereses en propiedad bloqueada de conformidad con la orden ejecutiva No. 13224 de fecha 24 de septiembre de 2001, relacionada con "bloqueo de propiedad y prohibición de transacciones con personas que cometen, amenazan con cometer o apoyar el terrorismo" (la "Orden ejecutiva"); o (c) participar o conspirar para participar en cualquier transacción que evada o evite, o tenga el propósito de evadir o evitar, o intentar violar, cualquiera de las prohibiciones establecidas en las leyes contra el lavado de dinero de EE. UU.; y el Comprador deberá, en todo momento, cumplir con la Orden ejecutiva, la Ley Patriota de EE. UU. de 2001 y todas las leyes, reglamentos, reglas y órdenes ejecutivas contra el financiamiento del terrorismo y el control de activos y deberá, previa solicitud, entregar a IAA evidencia de tal cumplimiento.

N. DOCUMENTACIÓN. El Comprador acepta completar, ejecutar y devolver TODA la documentación requerida para utilizar la plataforma de transporte de IAA dentro de las 24 horas posteriores a la recepción de dicha documentación.

O. SIN DERECHO A COMPENSACIÓN. EL COMPRADOR NO TENDRÁ DERECHO ALGUNO A COMPENSAR O DEDUCIR LOS GASTOS DE TRANSPORTE U OTROS CARGOS IMPAGADOS Y ADEUDADOS A IAA CONTRA RECLAMACIONES PENDIENTES DE PAGO POR PÉRDIDAS O DAÑOS, RECLAMACIONES POR SOBRECARGOS O CUALQUIER OTRA RECLAMACIÓN PRESENTADA CONTRA IAA. IAA NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE ATENDER NINGUNA RECLAMACIÓN HASTA QUE TODOS LOS GASTOS DE TRANSPORTE HAYAN SIDO PAGADOS EN SU TOTALIDAD. LA REMISIÓN DE UN PEDIDO POR PARTE DEL COMPRADOR CONSTITUYE EL CONSENTIMIENTO Y LA ACEPTACIÓN CONCLUYENTE DE ESTAS CONDICIONES DE USO. SI EL COMPRADOR PERMITE QUE EL TRANSPORTISTA ASIGNADO TRANSPORTE SU VEHÍCULO, EL COMPRADOR ACEPTA EXPRESAMENTE LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO.